El ayuntamiento de Albacete deberá readmitir o indemnizar a un trabajador. El consistorio ha sido condenado por despido improcedente, gracias a una denuncia interpuesta por los servicios jurídicos UGT.
Al trabajador, que se encontraba contratado para trabajar en el Plan Corresponsables, le fue comunicada la extinción de contrato temporal en junio de dos mil veinticuatro.
La sentencia declara que la extinción unilateral por parte del Ayuntamiento de Albacete, del contrato de trabajo se califica como DESPIDO IMPROCEDENTE, dado que no existe causa que avale la modalidad contractual temporal. La argumentación del fallo judicial reitera la doctrina consolidada por la jurisprudencia de que constituye un fraude de ley el uso de los contratos temporales para atender a competencias propias de la Administración debiendo ser atendidas por personal fijo.
El Plan Corresponsables, se integra en las actividades que el Ayuntamiento debe prestar con habitualidad en lo referente a actividades de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, no revisten carácter temporal los servicios que como Administración ha de ofrecer en ejercicio de sus competencias.
Recalca el pronunciamiento judicial, que el hecho de que aquellos planes o programas que no tengan un sistema estable de financiación, no es causa que atribuya naturaleza temporal a la actividad y por ende al contrato. Cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia
UGT Servicios Públicos recuerda, que siempre ha defendido que las actividades que son competencia de la Administración se desarrollen como servicios públicos atendido por trabajadores o empleados públicos.